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Entr贸 al Senado un proyecto que eleva al 14% la mezcla de bioetanol en las naftas

03/10/2017 | ARGENTINA | Actualidad | 273 lecturas | 4 Votos



Con este objetivo, el texto propone la modificaci贸n del art铆culo 8潞 de la Ley 26.093, de 鈥淩茅gimen de Regulaci贸n y Promoci贸n para la Producci贸n y Uso Sustentables de Biocombustibles鈥.




No hace diferenciaci贸n entre la utilizaci贸n de bioetanol de ca帽a o de ma铆z.

El proyecto de ley fue presentado en la Comisi贸n de Miner铆a, Energ铆a y Combustibles de la c谩mara alta por los Senadores Beatriz Graciela Mirkin y Jorge Alperovich, del Bloque PJ 鈥  Frente Para la Victoria (FPV), ambos oriundos de la Provincia de Tucum谩n, d贸nde se elabora una buena parte del bioetanol en base a ca帽a de az煤car.

鈥淟a capacidad industrial instalada de los productores de Bioetanol se va incrementando d铆a a d铆a, por lo que resulta fundamental desde el Estado acompa帽ar este crecimiento al elevar al catorce por ciento (14%) el porcentaje de Bioetanol en naftas鈥, sostienen los legisladores en sus fundamentos.

鈥淓l incremento en los porcentajes de Bioetanol, ayuda a resolver el tema de los excedentes azucareros, por lo que para las provincias del norte, que este proyecto de ley sea aprobado y que, efectivamente, se lleve adelante por parte del Poder Ejecutivo Nacional, seria de suma importancia鈥, agregan.

E insisten que 鈥渆n el caso puntual de la provincia de Tucum谩n, los productores e industriales han demostrado la factibilidad de elevar las cuotas de producci贸n, por lo que ser谩 de suma importancia este proyecto de ley鈥.

Un art铆culo clave

En concreto, el proyecto establece la modificaci贸n del art铆culo 8 de la ley de biocombustibles: 鈥淓stabl茅cese que todo combustible l铆quido caracterizado como nafta que se comercialice dentro del territorio nacional, deber谩 ser mezclado por aquellas instalaciones que hayan sido aprobadas por la autoridad de aplicaci贸n para el fin espec铆fico de realizar esta mezcla, con la especie de biocombustible denominada 鈥渂ioetanol鈥, en un porcentaje del CATORCE POR CIENTO (14%) como m铆nimo de este 煤ltimo, medido sobre la cantidad total del producto final鈥.

La iniciativa aclara que tal cambio debe darse en los t茅rminos del art铆culo 4潞 de la Ley N潞 23.966, Titulo III, de Impuesto sobre los Combustibles L铆quidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, o en el que prevea la legislaci贸n nacional que en el futuro lo reemplace.

Fuente: Energ铆a Estrat茅gica

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