El propio Miguel Galuccio, presidente de YPF, ha elegido como sparring en esta circunstancia al gobernador de Neuquén, Jorge Sapag, tal vez el más osado de los lÃderes regionales y el más efectivo al momento de exhibir logros para su provincia. Se argumenta que está en juego la seguridad jurÃdica, aspecto central al momento de hablar de inversiones, como si el ejercicio de sus derechos, por parte de los estados productores, conspirara contra esta consigna. En 2006, el Congreso Nacional aprobó la Ley 26.197, denominada "Ley Corta" de Hidrocarburos, por contraponerla a la que se deberÃa denominar "Ley Larga", modificatoria de la actual Ley 17.319, la que todavÃa nunca se sancionó a pesar del acuerdo arribado entre el por entonces presidente Kirchner y los gobernadores.
El paÃs habÃa asistido a un largo debate en torno a la titularidad del dominio de los yacimientos de hidrocarburos, que culminó con la reforma constitucional de 1994 que incorporó el Art. 124 que, en su último párrafo, establece que "corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio". La Ley 26.197 tuvo su génesis en el "Acuerdo Federal de los Hidrocarburos 2006", suscripto en octubre de ese año por el presidente de la Nación y los gobernadores de las Provincias Productoras, entre las que estaba Mendoza. También suscribieron el acuerdo el actual ministro De Vido y el secretario de EnergÃa Cameron.
Este acuerdo instrumentó el proyecto elaborado por los técnicos de la Ofephi, en consenso con el Ministerio de Planificación Federal. El mencionado acuerdo propuso la formación de una comisión de trabajo legislativa que debÃa elaborar un proyecto de ley que introdujera las modificaciones que resultaran necesarias para ordenar y perfeccionar la Ley 17.319, teniendo en cuenta la normativa constitucional en vigencia; los cambios y avances tecnológicos existentes en las actividades de exploración, explotación y transporte de hidrocarburos; lo dispuesto en la Ley 26.197, y además, la creación de un organismo federal de coordinación de polÃticas y necesidades de interés común, compuesto por las provincias y el Ejecutivo Nacional. A 8 años de aquel suceso, nada de esto se ha cumplido.
Ni se proyectó una ley que modernizara todo el espectro energético nacional, modificando la Ley 17.319 de 1967, al amparo de la cual se encuentran reguladas todas las relaciones del sector, ni tampoco se constituyó ese organismo de coordinación, aspecto esencial del Acuerdo Federal de Hidrocarburos que entendÃa la necesidad de llevar adelante polÃticas de consenso entre todos los interesados: Nación y provincias.
La Ley Corta, que hoy tanto incomoda al centralismo porteño, permitió que las provincias asumieran en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administración sobre los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios, constituyéndoles en contraparte de los permisos de exploración y concesiones de explotación. No obstante esto, se proclamó explÃcitamente la potestad del Poder Ejecutivo nacional en el diseño de las polÃticas energéticas. Ese era claramente el espÃritu del Acuerdo Federal de Hidrocarburos.
Sin embargo, el correr de los años ha demostrado que ambas partes no siempre han honrado lo pactado. Mientras que el Gobierno nacional ha incursionado en el sistema energético con normas inconsultas que han alterado el equilibrio del sector, como es el caso, por dar un ejemplo, del régimen de derechos de exportación que afectó severamente los precios internos del crudo, base fundamental a la hora de liquidar las regalÃas, las provincias, salvo el caso especÃfico de Neuquén, en alguna medida Chubut y Mendoza, dedicaron poco tiempo y esfuerzo en aprovechar las nuevas herramientas, focalizándose en la oportunidad que significaba la posibilidad de negociar las prórrogas de las concesiones vigentes.
Más tarde se sanciona la Ley 26.741, que entre sus preceptos declara la expropiación de las acciones de YPF. Esta norma prácticamente torna inocua la Ley Corta pues al declarar de interés público nacional, y como objetivo prioritario, el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, ha habilitado al Gobierno nacional a dictar disposiciones en las que las provincias son meras espectadoras, como es el caso del dictado del Decreto 1.277/12 el que, en el marco del denominado Plan Nacional de Inversiones HidrocarburÃferas, crea la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones HidrocarburÃferas, en la que las provincias vuelven a estar ausentes, siendo que la norma expropiatoria proclama que el Poder Ejecutivo nacional, en su calidad de autoridad a cargo de la fijación de la polÃtica en la materia, arbitrará las medidas conducentes al cumplimiento de los fines propuestos con el concurso de los Estados Provinciales.
Lo mismo con el dictado del decreto 929/13, denominado Régimen de Promoción de Inversiones HidrocarburÃferas. Además, la ley ordena la conformación del Consejo Federal de Hidrocarburos, en paralelo con la Ofephi. Nada más incongruente. Sin embargo, se sancionó con el acompañamiento de los legisladores oficialistas y de la oposición de las provincias productoras, los que con el objetivo de apoyar la expropiación de YPF, y no quedar fuera de la ola estatizadora, no midieron los efectos sobre las propias provincias.
A pesar de las desmentidas a nivel nacional, y con relación a la situación descripta, YPF habrÃa solicitado la suspensión del proceso licitatorio encarado por la empresa de energÃa provincial de Mendoza, lo que culminó con su llamativa deserción a la hora de presentar ofertas, siendo que la Provincia no sólo es accionista de la petrolera sino que también integra su Directorio.
No se trata, en esta oportunidad, de ponerse de un lado o del otro. El lugar debe ser el interés general, y en materia energética, la relación Nación-Provincias debe resultar fortalecida con el trabajo de los propios dirigentes: gobernadores, empresarios, trabajadores y, en particular, de todos los legisladores, que son los responsables de dar las herramientas legales que permitan alcanzar los fines propuestos. También los responsables de velar cuando son utilizadas en forma distinta al espÃritu que las guió en su sanción.
* Por Alejandro RodrÃguez - Ex subsecretario de EnergÃa de Mendoza.
Fuente: Diario Los Andes
756 lecturas | Ver más notas de la sección Notas Destacadas