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Para la Justicia, los an谩lisis de Barrick indican contaminaci贸n

09/11/2015 | COMPA脩脥A | Medio Ambiente | 1400 lecturas | 139 Votos



As铆 se desprende de un informe incluido en una causa por el derrame de un mill贸n de litros de soluci贸n cianurada en Veladero.




El juez de la Segunda Circunscripci贸n Judicial de San Juan, Pablo Oritja, dict贸 una resoluci贸n sobre dos amparos presentados por un particular, Enrique Alfredo Mar铆n Acosta, y otro de car谩cter colectivo presentado por el municipio de J谩chal. En la resoluci贸n, se insta a la empresa Barrick Gold a que en el plazo de 10 d铆as, a partir del 29 pasado, normalice su situaci贸n en cuanto al exceso de agua utilizada en el proceso de separaci贸n del mineral de la roca, conocido como lixiviaci贸n. En caso de no hacerlo, se le exige que deje de usar el cianuro en este proceso. Pero no es el 煤nico eje del fallo judicial, sino que revela que efectivamente hubo da帽o ambiental, contrariamente a lo que hab铆a sostenido la empresa. Ese da帽o se registra en los porcentajes de cianuro detectados en an谩lisis hechos sobre muestras de agua tomada de los r铆os cordilleranos.

Es decir, a partir del derrame de un mill贸n de litros de soluci贸n cianurada el 12 de septiembre pasado en la mina Veladero. Los an谩lisis presentados por la empresa fueron realizados por la firma SGS y detectaron que a partir del 13 de septiembre hab铆a altos porcentajes concentrados de cianuro y mercurio. Seg煤n el juez, "evidentemente fueron consecuencia del derrame ocasionado en la explotaci贸n minera".  El magistrado se basa en que en el resumen de los an谩lisis realizados por la empresa se mide la presencia de cianuro y mercurio y los porcentajes detectados est谩n muy por encima de lo permitido por el C贸digo Alimentario Argentino. Estos datos fueron aportados por la propia demandada.

Seg煤n la resoluci贸n, Barrick Gold queda en evidencia porque todo lo que negaba en una parte del descargo se transforma en letra muerta una vez que se procede a la lectura de los resultados de los an谩lisis de laboratorio. Sin embargo, el juez tambi茅n cita informes de las universidades Nacional de San Juan y Nacional de Cuyo, los que "no detectaron la presencia de cianuro ni de mercurio en el agua potable, y solo algo de mercurio en una baj铆sima concentraci贸n en el agua del r铆o", y record贸 adem谩s que hist贸ricamente las aguas del r铆o J谩chal fueron malas en calidad con niveles altos de metales pesados, independientemente de este derrame.

Dentro de la resoluci贸n judicial hay un p谩rrafo concluyente, en el que se lee que "es la incorporaci贸n a los cuerpos receptores de sustancias s贸lidas, l铆quidas o gaseosas, o mezclas de ellas, siempre que alteren desfavorablemente las condiciones naturales del mismo, o que puedan afectar la salud, la higiene o el bienestar del p煤blico y desde este punto de vista debo concluir que el accionar propio de los responsables de la empresa minera en las operaciones del valle de lixiviaci贸n, que permitieron que la fuga de la sustancia cianurada llegara al r铆o Potrerillos, ha lesionado el bien jur铆dico protegido por la normativa constitucional (art. 41 CN) por cuanto se ha vulnerado el deber de preservaci贸n del patrimonio natural de la regi贸n donde impacta indefectiblemente el proyecto minero".

Tambi茅n Oritja asegura que "es importante destacar que a煤n no es posible determinar la existencia y el alcance de los da帽os que ese derrame ha ocasionado, esto porque en estricto rigor el da帽o ambiental es por sus particularidades incierto en ocasiones, futuro, difuso y determinable; pero dicha indeterminaci贸n actual no puede ser argumento suficiente para negar el reconocimiento y la protecci贸n, a trav茅s de medidas concretas, del derecho colectivo cuya vulneraci贸n resulta innegable".

Otro de los puntos que deja mal parada a la minera es que en la Declaraci贸n de Impacto Ambiental (DIA) se dispone que la soluci贸n lixiviante en valle no debe superar los 3926 metros sobre el nivel del mar; sin embargo, el informe que entreg贸 la polic铆a minera determin贸 que el nivel actual de l铆quido lixiviante se encuentra en la cota de los 3934,36 metros sobre el nivel del mar, pasando a ser un "alerta amarillo", seg煤n se desprende de la DIA.

En el an谩lisis de los motivos que originaron el derrame, el juez apunt贸 a dos cuestiones importantes, una compuerta abierta en el sector del llamado canal del norte y la rotura de una v谩lvula. Para arribar a esta conclusi贸n se bas贸 en la aplicaci贸n de un llamado "c贸digo rojo", previsto para ocasiones como cuando hay demasiada soluci贸n circulante, lo que en este caso ven铆a ocurriendo desde el 17 de agosto pasado. La empresa mantuvo en el tiempo estas condiciones de operatividad y por lo tanto se podr铆a haber tornado en una anomal铆a peligrosa.

En un comunicado, la empresa expres贸: "Los niveles altos de agua detectados en el valle de lixiviaci贸n corresponden al proceso natural del derretimiento de nieve t铆pico de la primavera. No se debe a que en el proceso la compa帽铆a haya incorporado agua sino que es agua que se incorpora naturalmente. Esto sucede todos los a帽os en esta 茅poca porque el proceso es a la intemperie. Esto no implica ning煤n tipo de compromiso medioambiental. Lo que el juez nos solicita es no incorporar cianuro al proceso, cosa que hemos hecho, hasta tanto resolvamos bajar los niveles de agua a pedido del juez".

CRONOLOG脥A DE UN ACCIDENTE AMBIENTAL

12 de septiembre - El derrame

A las 20, en la mina de Veladero, descubrieron una fuga de soluci贸n cianurada. El mensaje de un obrero se refiri贸 a 15.000 litros.

23 de septiembre - Muchos m谩s litros
Luego de informar que hab铆an sido 224.000 los litros vertidos, Barrick Gold reconoci贸 que el derrame era de un mill贸n.

25 de septiembre-  Imputados

El juez Pablo Oritja, que investiga el derrame, confirm贸 que nueve empleados de Barrick Gold fueron imputados en la causa.

23 de octubre - Represi贸n en J谩chal

Efectivos de Infanter铆a reprimieron y detuvieron a 23 vecinos de J谩chal, que manten铆an cortado el ingreso a la mina.

4 de noviembre - Para Gioja, un accidente
El gobernador sanjuanino Jos茅 Luis Gioja dijo que la fuga no produjo ning煤n tipo de da帽o ambiental.

Fuente: La Naci贸n

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