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Confirmaron el procesamiento a ocho ejecutivos de Barrick Gold por contaminar la cordillera

17/08/2017 | ARGENTINA | Minería | 225 lecturas | 0 Votos



Para la asamblea de vecinos, los acusados son "perejiles". Le dictaron la falta de mérito al gerente general




La justicia de San Juan confirmó hoy el procesamiento de ocho ejecutivos de la empresa Barrick como responsables del derrame de solución con cianuro y otros metales pesados en septiembre de 2015 en la Mina Veladero. Sin embargo, le dictó la falta de mérito al gerente general del proyecto, apartado de su cargo tras el incidente ambiental, el mayor de la historia minera argentina. Y desde la asamblea de vecinos consideraron que los acusados son "perejiles".

La Sala Primera de la Cámara Penal entendió que los procesados son presuntos autores del delito de contaminación de agua, de manera culposa, por actuar con negligencia o impericia en la profesión. El delito está previsto en el artículo 56 de la ley nacional de Residuos Peligrosos (24.051), que tiene una pena de uno a dos años de prisión en suspenso.

Los jueces Raúl Iglesias, Juan Carlos Caballero Vidal y Silvia Peña Sansó firmaron los procesamientos contra Leandro Poblete (jefe de Procesos), Segundo Alvarez (supervisor Junior del valle de lixiviación), Carlos Cabanillas (gerente de Operaciones de Mina), Angel Escudero (jefe de Prevención de Riesgos), Osvaldo Brocca (jefe de Servicios Técnicos), David Sánchez (jefe de Mantenimiento de Mina) y Ricardo Cortez (supervisor Junior de Medio Ambiente). En cambio, dictaron la falta de mérito a Antonio Adames, quien era el gerente general por entonces.

Uno de los abogados de la asamblea de vecinos Jáchal No Se Toca, Diego Seguí, consideró que "los ocho acusados son perejiles". E indicó: "Nosotros pedimos la indagatoria de (el ex ministro de Minería, Felipe) Saavedra y nunca la pidió el juez, pedimos la indagatoria del (ex secretario de Gestión Ambiental y Control Minero, Marcelo) Ghiglione y no la solicitó nunca y a Guillermo Caló, ex CEO de Barrick, que tampoco llamó a indagatoria el juez (Pablo) Oritja".

En el fallo, el juez Iglesias consideró como prueba de la negligencia una reunión del 6 de septiembre en la que todos los procesados acuerdan la apertura de la compuerta del canal Norte para que el agua de deshielo de un temporal fuera a parar al río Potrerillos, de acuerdo a fuentes con acceso al expediente citadas por el Diario De Cuyo.

Sin embargo, cuando el 12 de septiembre se produjo la supuesta rotura de una válvula de la cañería que transportaba solución cianurada, con la compuerta abierta, el agua con cianuro se derramó hacia afuera del valle de lixiviación contaminando los ríos Potrerillos, Las Taguas y La Palca.

Por su parte, la empresa Barrick dijo en un comunicado no compartir los argumentos de la justicia para ratificar los procesamientos y aseguró que seguirá apoyando legalmente a los procesados porque entiende "que no hay razón alguna que justifique considerar los hechos ocurridos como delictivos".

Fuente: Infobae

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