En los d铆as pasados ha adquirido centralidad el debate acerca de los denominados 鈥渇ideicomisos p煤blicos鈥, con motivo de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (la 鈥淟ey Bases鈥) y el Decreto N掳 215/2024 (el 鈥淒ecreto 215鈥), cuyos aspectos destacados -en lo que a este punto refiere- son abordados debajo.
En tal marco, el Gobierno Nacional ha manifestado de manera p煤blica su intenci贸n de llevar a cabo una revisi贸n integral de estos instrumentos, incluyendo la posibilidad de extinguirlos o liquidarlos. En el gran abanico de tales fideicomisos se ubica el Fondo para el Desarrollo de Energ铆as Renovables (FODER).
Aqu铆 no nos explayaremos sobre la conveniencia o no de la pol铆tica p煤blica del Gobierno Nacional en relaci贸n al gran universo de fideicomisos o fondos fiduciarios; s贸lo nos centraremos en el FODER, y por las consideraciones que pasamos a desarrollar, argumentamos que, en caso de modificarse, liquidarse o extinguirse, ello no s贸lo importar铆a un grave retroceso en el desarrollo de la matriz energ茅tica argentina, sino severas consecuencias de tipo contractuales, soberanas y macroecon贸mico financieras.
Por lo tanto, concluimos que, en base a nuestro criterio y analizadas las aristas del tema, el Gobierno Nacional optar谩 por preservar el FODER, y no desandar una pol铆tica p煤blica exitosa e ininterrumpida desde hace m谩s de tres administraciones de distinto signo pol铆tico.
Fuente: Econojournal
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