
Las normas allanaron el camino para la puesta en marcha del primer yacimiento no convencional. La eliminación de las audiencias públicas fue una de las objeciones.
El 4 de abril de 2013 el gobernador Jorge Sapag excluyó por decreto a la actividad hidrocarburífera, que contempla los pozos de desarrollo y exploratorios convencionales y no convencionales, de aquella que requería un estudio de impacto ambiental, y por ende de la realización de una audiencia pública como mecanismo participativo de carácter previo. Cuatro meses después la Legislatura convalidó el acuerdo firmado entre el ministerio de Energía e YPF que permitió el desembarco de Chevron, y el desarrollo del primer yacimiento no convencional del país en Loma Campana.
El decreto en cuestión –el 422/13- fue atacado judicialmente. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por unanimidad rechazó la acción de inconstitucionalidad contra la provincia. El vocal Ricardo Kohon, que hizo el voto al que adhirió el resto sin agregar una coma, dijo que el poder Ejecutivo se encontraba habilitado para emitir la norma. Señaló que la administración “tiene competencia para determinar si la actividad que va a realizarse requiere o no del estudio de impacto ambiental y la consecuente audiencia pública”.
El máximo tribunal provincial demoró cuatro años en expedirse. Rubén Etcheverry, tit ular de Gas y Petróleo de Neuquén (GyP) durante el gobierno de Sapag, fue el impulsor de la acción. Cuando la hizo, en 2013, era candidato a diputado nacional por Compromiso Cívico, una fuerza que amalgamaba a NCN, el Pro, CC-Ari, la UCR, y estaba acompañado por Marcelo Inaudi, que aspiraba a ser senador.
Etcheverry sostenía que el Ejecutivo no tenía competencia para dictar normas en materia ambiental y en particular “sobre excepciones a la aplicación de principios esenciales para su tutela”. Enfatizaba en que esto era incumbencia del poder Legislativo.
La fiscalía de Estado planteaba que la participación ciudadana “se encuentra cumplida, en tanto la planificación del desarrollo de la industria hidrocarburífera ha formado parte de las plataformas electorales de los sucesivos gobiernos elegidos mediante elección popular”. Argumentaba que los cambios introducidos “no son representativas de la totalidad de la actividad hidrocarburífera” e indicó “que en ningún momento la perforación de pozos explotados mediante la técnica extractiva convencional, que constituyen el 93% de los existentes en la provincia, requirió de presentación de estudios de impacto ambiental”.
El expresidente de GyP también cuestionó el decreto 1162/13 que adhería al régimen de promoción de inversión para la explotación de hidrocarburos creado por la administración de Cristina Kirchner. Para la provincia se trataba sólo de una “manifestación de la voluntad política” de Sapag de acompañar al gobierno nacional en su política hidrocarburífera. El TSJ aseguró que la adhesión “fue producto de un acuerdo arribado entre el Estado Nacional y la provincia con base en el federalismo de concertación estatuido en el artículo 8 de la Constitución Provincial”.
Fuente: Diario Río Negro
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