
La Cámara Federal de Tucumán confirmó el procesamiento del ingeniero Raúl Pedro Mentz –CEO de Minera Alumbrera Ltda-, revocó el sobreseimiento de Julián Patricio Rooney –ex gerente Comercial, Legal y de Asuntos Corporativos y Vicepresidente de la firma- y profundizó la pesquisa en su contra.
Asimismo, dispuso citar a indagatoria al representante legal de la empresa –Michael Harvy Lou Holmes- en la investigación por contaminación de efluentes con cobre.
La medida se condice con las apelaciones impuestas por la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, a cargo de Antonio Gustavo Gómez, y las querellas presentadas por Ana Loto y la “Asociación Civil Pro Eco”.
Las medidas legales comenzaron en mayo de 1999. En aquel momento, un investigador del Instituto Miguel Lillo denunció ante la policía haber detectado contaminación en la localidad de Ranchillos, ubicada al este de la provincia de Tucumán. La polución provenía del vertido de efluentes que provenían de la Planta de Secado de la Minera Alumbrera Limited.
Se realizaron análisis sobre muestras de agua tomadas de la zona, que mostraron presencia de cobre y sulfatos en el curso acuífero. La gravedad del asunto se encuentra en que superan los límites estipulados por la Ley 24.051 de Residuos Tóxicos.
Rooney fue indagado sobre este tema en febrero de 2005. Explicó que se desempeñaba como gerente comercial, legal y de asuntos corporativos de la sociedad, que opera a través de una sucursal en nuestro país. Por eso, no tiene directorio constituído en Argentina. Sin embargo, en 2008 la Cámara Federal de Apelaciones dispuso su procesamiento e indicó la extracción de nuevas muestras de los efluentes líquidos emanados por la planta de Ranchillos.
Los estudios efectuados al respecto por el Instituto de Ecología, Genética y Evolución de Buenos Aires (IEGEBA) CONICET-UBA señalaron que “los valores de cobre exceden los niveles guías de protección para la vida acuática. Los efectos negativos del cobre para la salud pública (efectos gastrointestinales) son probables a largo plazo dada la capacidad de ese metal de bioacumularse tanto a peces como en los humanos que consumen la fauna acuática”.
El año pasado, el titular del Juzgado Federal N°2 de Tucumán, Fernando Poviña, citó a Mentz, Holmes y Rooney para que sean indagados. Luego, resolvió rechazar el planteo de nulidad formulado por la defensa de Mentz, procesarlo como autor del delito de contaminación –en los términos de los artículos 55 y 57 de la Ley N°24.051 de Residuos Peligrosos- y trabarle embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 1 millón de pesos.
El presidente de la “Asociación Civil Pro Eco”, Alfredo Carbonel, por su parte, señaló que el juez no tuvo en cuenta la existencia de “elementos de convicción suficientes para considerar que Julián tenía el suficiente poder de decisión como para quedar encuadrado en las previsiones del art.57 de la Ley 24.057”. (...)
Fuente: iProfesional
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