
Si bien el TNF es un sistema que ya se aplica de manera t铆mida, esbozada en la reglamentaci贸n del decreto 115/19 a trav茅s de la Resoluciones 571/19 y 35/20, y que persigue la eficiencia en operaciones y contribuir al desarrollo de nuevos ductos, la nueva normativa 540/21 transforma esos acuerdos voluntarios en compulsivos.
El mecanismo, cuyo foco est谩 puesto en Oldelval por ser uno de los midstreamers m谩s importantes y demandados de la producci贸n nacional, implica que una productora que quiere poner su crudo en una determinada refiner铆a informa a la transportadora de su decisi贸n y 茅sta debe descargar el crudo en el lugar solicitado al tiempo que la empresa que pide la medida devuelve la misma cantidad de mol茅culas en otro segmento del transporte. Por ejemplo, si YPF, que es la empresa con mayor cantidad de puntos de carga, solicita a Oldelval una determinada cantidad de barriles de crudo para su refiner铆a de Lujan de Cuyo, la transportadora toma el pedido del crudo de aportantes cercanos como PCR, Chevron, ExxonMobil, Pluspetrol o Vista y lo entrega en el lugar solicitado. YPF hace un delivery en Puerto Rosales, donde iba originariamente el crudo de aquellas productoras.
Seg煤n la norma 540, esto permite unilateralmente a un Cargador del sistema a pedir un crudo de otro en un nodo determinado y devolv茅rselo en otro. "Hay una suerte de expropiaci贸n del crudo de una empresa en beneficio de otro, sobre todo porque no permite una negociaci贸n entre partes", explic贸 una fuente consultada bajo reserva. Y agreg贸: "A diferencia de un swap, al due帽o de las mol茅culas se le impide una instancia de negociaci贸n de las condiciones con quien solicita el TNF.
Todo el beneficio de los ahorros potenciales le quedan al solicitante del TNF que adem谩s puede elegir que crudo toma". Este mecanismo, que a diferencia del swap (gas) no est谩 previsto en la Ley de Hidrocarburos, es muy pr谩ctico a la hora de eficientizar el transporte de crudo, principalmente a empresas integradas, pero por una cuesti贸n de cobertura territorial, propiedad de ductos y volumen de crudo, el principal beneficiado con el ahorro de fletes e impuestos es la petrolera de bandera nacional. Si bien aun no se aplica, "el decreto es una muy buena idea pero se excede y no deja mucho espacio para una reglamentaci贸n equitativa y balanceada.
De hecho las compa帽铆as del midstream ya estaban trabajando en un procedimiento de TNF balanceado para proponerle a la autoridad de aplicaci贸n, cuando sali贸 de manera sorpresiva el decreto 540/21鈥, explic贸 a +e otro dirigente comercial de una operadora de la cuenca neuquina. Tanto los cargadores del sistema como los productores de un sistema con TNF compulsivo ver谩n recortadas sus posibilidades de negociar libremente que hacen con su producto. Perder铆an la posibilidad de obtener mayores r茅ditos en el mercado. (...)
Fuente: La Ma帽ana de Neuqu茅n
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