
La medida, establecida mediante la Resolución 311/2026, alcanza a las inversiones destinadas a optimizar, recuperar o reducir el consumo energético en las unidades de producción. De esta manera, se completa la reglamentación de las inversiones energéticas del régimen, que ya contemplaba los bienes para generación, almacenamiento y transporte de energÃa eléctrica a partir de fuentes renovables.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que inviertan en este tipo de equipamiento durante los dos primeros años de vigencia del régimen podrán acceder a la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y a la devolución de créditos fiscales del IVA. En el caso de los bienes de alta eficiencia energética, la ley no exige un monto mÃnimo de inversión.
El listado se enfoca en los componentes de mayor incidencia en el consumo de una planta productiva: los motores eléctricos, que representan entre el 60% y el 70% del consumo eléctrico; los sistemas de aire comprimido, que insumen entre el 15% y el 25% de la energÃa; los sistemas de bombeo y ventilación, en los que la regulación electrónica de velocidad permite reducir el consumo entre un 20% y un 50%; y los sistemas térmicos, de frÃo, de medición y de control.
Para acceder al beneficio, los bienes deberán cumplir criterios técnicos de eficiencia, que se acreditar án mediante una declaración jurada técnica. Las inversiones que no estén incluidas en el listado podrán acreditarse a través del informe de un profesional idóneo que demuestre una reducción cuantificada del consumo energético. Además, los servicios de ingenierÃa, instalación, puesta en marcha y capacitación asociados podrán computarse como parte de la inversión.
La SecretarÃa de EnergÃa podrá realizar controles y auditorÃas, incluida la verificación en campo de las condiciones técnicas. El listado de bienes será publicado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) en su sitio web. Con esta medida, el Gobierno nacional brinda nuevas herramientas para que las empresas reduzcan sus costos energéticos, ganen competitividad y tomen decisiones más eficientes sobre su consumo, con reglas claras y criterios técnicos objetivos.
La reglamentación publicada define qué equipamiento industrial califica para acceder a los beneficios fiscales y promocionales previstos por la normativa. La exigencia central es que la máquina o insumo debe cumplir al mismo tiempo con la posición arancelaria oficial y con el estándar técnico exigido, de modo que cualquier tecnologÃa que no alcance ese nivel queda automáticamente excluida del régimen.
En el caso de los motores eléctricos, ventiladores y compresores de uso fabril, la exigencia apunta a erradica r los equipos obsoletos y obliga a instalar tecnologÃa de alta eficiencia, como motores clase IE3 o superiores. Asimismo, se valora el uso de variadores electrónicos de velocidad, dispositivos diseñados para que el motor adapte su movimiento en tiempo real según la demanda exacta del trabajo que realiza la planta.
Fuente: iProfesional
111 lecturas | Ver más notas de la sección Actualidad