
Nueve provincias están en proceso de licitación o a punto de licitar áreas de explotación de hidrocarburos. Las condiciones legales particulares que regulan la actividad privada en estos casos. Impulsadas por los altos precios del crudo y por el apetito de inversores internacionales por commodities y países emergentes, seis provincias argentinas están a punto de licitar permisos de
exploración sobre áreas hidrocarburíferas y otras tres han anunciado su intención de llamar a licitaciones de este tipo en el curso de este año. Así, se llega a la maduración de un proceso que se inició hace más de 14 años con la privatización de YPF.
En 1992 la Ley 24.145, de privatización de YPF, transfirió a las provincias el dominio sobre numerosas áreas hidrocarburíferas, aunque sujetó esta transferencia a una reforma de la ley de hidrocarburos que nunca fue dictada. El proceso fue profundizado con la reforma de la Constitución Nacional, cuyo artículo 124 otorgó a las provincias el dominio de los recursos naturales en su territorio.
Entre los años 2001 y 2003, basándose en el artículo 124 reformado de la Constitución Nacional, Neuquén licitó 26 áreas hidrocarburíferas, de las que fueron adjudicadas 19. Finalmente, en agosto de 2003 el Poder Ejecutivo Nacional reconoció la facultad de las provincias para otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación, mediante el dictado de un decreto de necesidad y urgencia.
El proceso de licitación consiste en la presentación de dos sobres: un sobre A con los antecedentes del oferente y un sobre B con su oferta económica. El criterio de adjudicación es qué empresa compromete la mayor cantidad de trabajos de exploración en menos tiempo. Adicionalmente, según la provincia, la oferta económica puede requerir propuestas sobre otros elementos, tales como un porcentaje de participación para una empresa provincial o un porcentaje adicional de regalías.
CONDICIONES. El objeto de las licitaciones en curso es un permiso de exploración en los términos de la Ley Nacional de Hidrocarburos 17.319. El plazo del permiso por lo general es de seis años, dividido en tres períodos: uno de tres, otro de dos años y el último de año, aunque algunas provincias disponen períodos más breves. Al final de cada período se debe revertir el 50% del área. El permiso de exploración da derecho a la empresa a obtener una concesión de explotación (en general de 25 años) sobre los yacimientos descubiertos. Otro camino ha sido el seguido por la provincia de Neuquén, que consistió en otorgar estos permisos a la empresa provincial Hidrocarburos del Neuquén S.A. (HIDENESA) y adjudicar a las empresas privadas actividades bajo contrato con HIDENESA.
REGALÍAS. Las empresas deben pagar un porcentaje de su producción en concepto de regalías. Un dato importante es qué base de cálculo de las regalías será, en todos los casos, el precio obtenido por las ventas de hidrocarburos. Este criterio despeja incertidumbres como las generadas por la provincia de Neuquén al exigir la liquidación de regalías en base a precios internacionales.
La regalía varía según la provincia y el riesgo de las áreas. Por ejemplo, en la licitación del área Medanito Sur, en la provincia de La Pampa, la regalía comienza en 12% el primer año del período de explotación y se incrementa un 1,5% anual hasta alcanzar un 18% en el sexto año. A partir allí, se suma a ese 18% un porcentaje adicional ofrecido por el concesionario en la licitación.
En el otro extremo están provincias como Salta o San Juan, que exigen porcentajes fijos del 12% en la etapa de explotación. Además, San Juan otorga al adjudicatario beneficios promocionales consistentes en una exención del 50% en regalías, canon e impuesto de sellos. En el caso de que se realice un descubrimiento en el área, provincias como San Juan o Río Negro otorgan a la empresa provincial de hidrocarburos (EPSE en San Juan o EDHIP S.A. en Río Negro) la opción de asociarse con la empresa privada. El porcentaje mínimo de asociación es del 5% y los oferentes deben proponer un porcentaje adicional en la licitación. La asociación se instrumenta mediante una UTE y el precio a pagar por la empresa estatal consiste en la parte proporcional de los gastos de exploración.
CAMBIOS. En el año 1989 el Poder Ejecutivo inició la desregulación del mercado de hidrocarburos mediante los decretos 1055/89, 1212/89 y 1589/89, que garantizaban a las empresas privadas la propiedad sobre los hidrocarburos producidos, el derecho de comercializarlos y exportarlos sin restricciones ni impuestos especiales, y de no repatriar hasta el 70% de las divisas obtenidas de su exportación.
Sin ser expresamente derogados, estos decretos fueron reiteradamente dejados de lado a partir de la emergencia económica del año 2002, cuando diversas leyes y regulaciones administrativas restringieron la libre disponibilidad de hidrocarburos. Las más significativas fueron la creación de un derecho a la exportación de hidrocarburos por la Ley de Emergencia Económica (actualmente con una alícuota del 45% para el crudo) y las prohibiciones de exportar petróleo crudo establecidas durante 2002.
El régimen de estas nuevas áreas provinciales otorga a los adjudicatarios la libre disponibilidad de los hidrocarburos que extraigan en los términos de los decretos 1055/89, 1212/89 y 1589/89. Sin embargo, establecen también que la violación de estas garantías dará derecho al adjudicatario a efectuar reclamos contra las autoridades que la hubiesen impuesto. En otras palabras, las provincias no se harán responsables por violaciones a la libre disponibilidad por autoridades nacionales.
En las licitaciones que tendrán lugar durante este año existe un criterio de uniformidad en el proceso licitatorio y en los términos de los futuros contratos que favorece la seguridad jurídica. La seguridad jurídica también está promovida por normas sobre el cálculo de regalías que despejan dudas surgidas de la acción de otros estados provinciales. Al mismo tiempo, también es positivo apreciar una sana competencia entre las provincias, reflejado en el otorgamiento de beneficios y de distintas condiciones económicas acordes al riesgo e importancia de cada inversión. Para el futuro, sin embargo, queda pendiente restablecer las bases de la libre disponibilidad de los hidrocarburos mediante la acción conjunta de la Nación y las provincias.
Juan Sonoda Abogado del Estudio Beretta Kahale Godoy
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