A mediados de julio, el gobierno nacional reglament贸 la reversi贸n del impuesto a las ganancias y se incluy贸 una excepci贸n para petroleros considerados 鈥渂oca de pozo鈥 . En la norma se explica que el 鈥減ersonal de pozo鈥 son los que se desempe帽en habitual y directamente en las siguientes actividades: en la exploraci贸n petrol铆fera o gas铆fera llevada a cabo en campa帽a y en tareas desempe帽adas en boca de pozo y afectadas a la perforaci贸n, terminaci贸n, mantenimiento, reparaci贸n, intervenci贸n, producci贸n, servicios de operaciones especiales y servicios de ecolog铆a y medioambiente en los pozos petrol铆feros o gas铆feros. La mayor铆a de los trabajadores nucleados en el Sindicato de Petroleros Privados no paga el tributo. Distinto es el caso del personal jer谩rquico que s铆 abona el gravamen.
Qu茅 pasa en R铆o Negro con los estatales y otros organismos Seg煤n el 煤ltimo dato oficial, que corresponde a liquidaci贸n de los salarios de septiembre, 752 empleados estatales de R铆o Negro fueron alcanzados por la reinstalaci贸n de Ganancias . La mayor铆a de los trabajadores por ahora le esquivan a esa quita, ya sea porque no llegan al piso imponible o por el accionar de la Justicia. Uno de los sectores afectados es el de Salud porque con el pago de horas extras y guardias alrededor de 900 trabajadores sufrieron recortes en sus ingresos desde que el gobierno Nacional decidi贸 reimplantar el gravamen para la cuarta categor铆a. 鈥淪i se suman las guardias es muy corta la brecha鈥 dijo Cesira Mullaly, secretaria General de Asspur.
La dirigente cont贸 que en los 煤ltimos d铆as se realiz贸 una presentaci贸n judicial por este tema, que estuvo a cargo de la Federaci贸n Sindical de Profesionales de la Salud (Fesprosa) en el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo 80 en la Ciudad Aut贸noma de Buenos Aires y se prepara un amparo que ser铆a presentado en los tribunales provinciales la pr贸xima semana. Los docentes tuvieron el visto bueno de la Justicia que resolvi贸 a favor de la Confederaci贸n de Trabajadores de la Educaci贸n de la Rep煤blica Argentina (Ctera) una medida cautelar presentada en el Juzgado de Trabajo 13, de la ciudad de Buenos Aires que ordena la suspensi贸n de la Ley N%BA 27.743, de los art铆culos 73, 81 y 94, del Impuesto a las Ganancias. No obstante hay un grupo de jubilados docentes que no est谩n incluidos en ese freno judicial y 鈥渆stamos trabajando con los abogados por ese tema鈥 explic贸 Silvana Inostroza, secretaria General de Unter.
En cuanto a los judiciales, la resoluci贸n de la AFIP sobre la forma de liquidaci贸n del impuesto 鈥渘os deja afuera por los montos鈥 indic贸 Emiliano Sanhueza, secretario General de Sitrajur. Pero hubo una acci贸n de la Federaci贸n Judicial Argentina que nuclea a 23 sindicatos de todo el pa铆s, que plantea la inconstitucionalidad y la nulidad de la Ley 27.743. Esa acci贸n judicial qued贸 radicada en el Juzgado Nacional del Trabajo 38, abarca a la totalidad de trabajadores judiciales del pa铆s. La presentaci贸n de la FJA se hizo tras el resultado favorable en los amparos de los estatales neuquinos en la justicia provincial, de los docentes de Ctera en el Fuero Laboral de la Naci贸n y de los judiciales porte帽os de AEJBA en el Fuero Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, adem谩s de la presentaci贸n del Sindicato de Empleados Judiciales de Neuqu茅n (Sejun).
Fuente: Diario R铆o Negro
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