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Por qu茅 la Corte fall贸 en contra de Axion

07/09/2021 | TASAS MUNICIPALES | Noticias Destacadas | 591 lecturas | 165 Votos



Si bien el fallo refiere exclusivamente al cobro de la tasa de Inspecci贸n, Seguridad e Higiene por parte del Municipio de Quilmes, constituye un firme respaldo a cualquier tipo de tasa que decidan cobrar los municipios, siempre y cuando cumplan con una serie de pautas explicitadas al final del fallo.




La Corte Suprema de Justicia fall贸 a fines de la semana pasada a favor del Municipio de Quilmes en una demanda referida al cobro de tasas municipales que hab铆a iniciado la petrolera Esso en 2002 y luego continu贸 Axion cuando absorbi贸 sus activos. La empresa hab铆a cuestionado el modo en el que se calcul贸 la tasa de Inspecci贸n, Seguridad e Higiene sobre una base imponible que alcanzaba a los ingresos devengados en otros municipios de la Provincia de Buenos Aires en los que no ten铆a establecimientos habilitados, pero s铆 ejerc铆a actividad; denunci贸 la inconstitucionalidad del art铆culo 35 del Convenio Bilateral que habilit贸 ese cobro; y le apunt贸 a la desproporcionalidad entre el monto de la tasa y el costo del servicio prestado. 

Sin embargo, el m谩ximo tribunal respald贸 el accionar municipal con la firma de los jueces Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, y los votos concurrentes de los magistrados Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco. Si bien el fallo refiere exclusivamente a la tasa de Inspecci贸n, Seguridad e Higiene por parte del Municipio de Quilmes, constituye un firme respaldo a cualquier tipo de tasa que decidan cobrar los municipios, siempre y cuando cumplan con una serie de pautas explicitadas al final del fallo.   

El camino hacia la Corte Suprema La petrolera Esso (en la actualidad Axion Energy Argentina, propiedad de Pan American Energy S.A.) demand贸 al Municipio de Quilmes para que deje sin efecto una resoluci贸n del 19 de diciembre de 2002 mediante la cual el Ejecutivo Municipal hab铆a desestimado un recurso contra una intimaci贸n de pago en concepto de un remanente adeudado por la Tasa de Inspecci贸n, Seguridad e Higiene. La petrolera sostuvo que hab铆a liquidado y pagado esa tasa tomando como base imponible 煤nicamente los ingresos brutos devengados en el Municipio de Quilmes. 

Es decir, explic贸 que la liquidaci贸n de 210.136 pesos que hab铆a desembolsado cubr铆a 铆ntegramente los costos por los servicios prestados por la municipalidad en dos estaciones de servicio ubicadas en su jurisdicci贸n. La empresa asegur贸 que su liquidaci贸n incluso fue calculada en demas铆a porque tuvo en cuenta ingresos originados en otras diez estaciones de servicio ubicadas en Quilmes, pero explotadas por operadores independientes de Esso.  (...)

Fuente: Econojournal

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