El mencionado acuerdo es motivo de consultas y dudas frecuentes, por lo que analizaremos las pautas principales de la normativa en cuanto a la liquidación de sueldos.
En primer lugar, según lo establecido en el acuerdo de marzo de 2022, se modifica el Salario Bruto Conformado Mensual Mínimo de Referencia para el periodo julio 2024 fijándose en $1.740.000.
Los detalles del acuerdo
Este importe es el mínimo sueldo bruto a liquidar, el cual debe considerar todos los conceptos remunerativos y no remunerativos, normales y/o habituales que perciba el trabajador.
Dicho monto se debe actualizará conforme a acuerdos paritarios que se firmen desde el presente en adelante. El mismo se aplica exclusivamente al trabajador que realiza turnos de 8 horas.
En cuanto a la metodología de cálculo, debe liquidarse el salario normal y habitual con los adicio- Acuerdo. Establece un nuevo importe para definir el salario mínimo de referencia para los trabajadores petroleros.
nales remunerativos y no remunerativos que correspondan tales como adicional antigüedad, bono paz social, presentismo, viandas, etc. Una vez definido ese valor se lo compara con el sueldo mínimo de referencia. La diferencia entre ambos valores implicará un ajuste a liquidar al trabajador definido como "adicional personal 8 hs".
Al sueldo bruto mínimo de referencia se adicionan las horas extras que tenga el trabajador, es decir, no forma parte de la base de cálculo de mínimo de referencia ninguna hora extraordinaria.
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Fuente: Diario Río Negro
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