
La Justicia neuquina declar贸 nula una licencia ambiental que hab铆a otorgado la provincia a la petrolera Apache -ahora YPF- para habilitar una planta de tratamiento de lodos de perforaciones a unos 25 kil贸metros de Zapala en Barda Negra.
As铆 lo inform贸 el abogado especialista en derecho ambiental que tramit贸 la causa, Juan Fittipaldi, quien se帽al贸 que es el primer caso en que desde el Poder Judicial se revisa 铆ntegramente el procedimiento administrativo por el que se expiden las licencias ambientales y que el precedente tiene a煤n mayor relevancia considerando que se trata de actividad hidrocarbur铆fera no convencional, respecto de la cual, que por sus conocidas caracter铆sticas, los recaudos preventivos deben extremarse.
El principal argumento para hacer lugar al reclamo -que tuvo su paso por la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n en el a帽o 2013- fue la falta de informaci贸n y participaci贸n en el procedimiento de elaboraci贸n de la decisi贸n estatal que, coment贸 Fittipaldi, se materializ贸 en la omisi贸n de publicar el proyecto para que los interesados puedan participar.
La medida la adopt贸 el Tribunal Superior de Justicia tras un planteo que fue iniciado en el a帽o 2012 por una pobladora de la zona rural Barda Negra en la que se sit煤a el 谩rea de concesi贸n hidrocarbur铆fera Anticlinal Campamento. El planteo se inici贸 a partir del inicio de construcci贸n de la planta sin el conocimiento de los pobladores rurales, como expresamente los establece la normativa ambiental.
El abogado inform贸 que luego de su construcci贸n, la planta oper贸 un breve lapso hasta que fue suspendida cautelarmente por la Justicia. Un cambio legislativo en el a帽o 2013 (Decreto Provincial 422/13), modific贸 la reglamentaci贸n y viabiliz贸 el levantamiento de la medida cautelar y la posibilidad de operar la planta o repositorio de lodos hasta el presente.
El Tribunal sostuvo que 鈥渓a cuesti贸n que se plantea alberga uno de los temas m谩s sensibles de la actualidad, como lo es la protecci贸n del ambiente鈥 y se帽alo que 鈥淟os argumentos de la actora constituyen un serio planteo en torno al procedimiento administrativo previsto para el otorgamiento de una licencia ambiental del tipo de la cuestionada鈥.
Asegur贸 que es excepcional la posibilidad de tramitar una causa tan compleja desde lo t茅cnico y en la que debe neutralizarse la asimetr铆a evidente entre un poblador rural y una compa帽铆a petrolera.
La 煤nica apelaci贸n restante es ante la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n donde, record贸, ya se obtuvo un pronunciamiento favorable en el a帽o 2013. Hasta tanto la sentencia quede firme la planta podr谩 operar.
鈥淓s el primer caso en que desde el Poder Judicial se revisa 铆ntegramente el procedimiento de las licencias ambientales鈥 explic贸 Juan Fittipaldi, abogado ambientalista, sobre el fallo del TSJ.
Fuente: Diario R铆o Negro
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