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Petr贸leo y gas, 驴naci贸n versus provincias?

19/05/2014 | ARGENTINA | Notas Destacadas | 840 lecturas | 1808 Votos



Con el argumento de favorecer el desarrollo de inversiones extranjeras, lo que contribuir铆a, seg煤n sus impulsores, a lograr el autoabastecimiento energ茅tico, se estar铆a trabajando en un proyecto de ley modificando el r茅gimen actual en materia de hidrocarburos, aunque eso implique limitar el poder que hoy tienen las provincias productoras poniendo a los gobernadores petroleros en un gran dilema dado el lineamiento que mantienen, la mayor铆a de ellos, con la Casa Rosada.




El propio Miguel Galuccio, presidente de YPF, ha elegido como sparring en esta circunstancia al gobernador de Neuqu茅n, Jorge Sapag, tal vez el m谩s osado de los l铆deres regionales y el m谩s efectivo al momento de exhibir logros para su provincia. Se argumenta que est谩 en juego la seguridad jur铆dica, aspecto central al momento de hablar de inversiones, como si el ejercicio de sus derechos, por parte de los estados productores, conspirara contra esta consigna. En 2006, el Congreso Nacional aprob贸 la Ley 26.197, denominada "Ley Corta" de Hidrocarburos, por contraponerla a la que se deber铆a denominar "Ley Larga", modificatoria de la actual Ley 17.319, la que todav铆a nunca se sancion贸 a pesar del acuerdo arribado entre el por entonces presidente Kirchner y los gobernadores.

El pa铆s hab铆a asistido a un largo debate en torno a la titularidad del dominio de los yacimientos de hidrocarburos, que culmin贸 con la reforma constitucional de 1994 que incorpor贸 el Art. 124 que, en su 煤ltimo p谩rrafo, establece que "corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio". La Ley 26.197 tuvo su g茅nesis en el "Acuerdo Federal de los Hidrocarburos 2006", suscripto en octubre de ese a帽o por el presidente de la Naci贸n y los gobernadores de las Provincias Productoras, entre las que estaba Mendoza. Tambi茅n suscribieron el acuerdo el actual ministro De Vido y el secretario de Energ铆a Cameron.

Este acuerdo instrument贸 el proyecto elaborado por los t茅cnicos de la Ofephi, en consenso con el Ministerio de Planificaci贸n Federal. El mencionado acuerdo propuso la formaci贸n de una comisi贸n de trabajo legislativa que deb铆a elaborar un proyecto de ley que introdujera las modificaciones que resultaran necesarias para ordenar y perfeccionar la Ley 17.319, teniendo en cuenta la normativa constitucional en vigencia; los cambios y avances tecnol贸gicos existentes en las actividades de exploraci贸n, explotaci贸n y transporte de hidrocarburos; lo dispuesto en la Ley 26.197, y adem谩s, la creaci贸n de un organismo federal de coordinaci贸n de pol铆ticas y necesidades de inter茅s com煤n, compuesto por las provincias y el Ejecutivo Nacional. A 8 a帽os de aquel suceso, nada de esto se ha cumplido.

Ni se proyect贸 una ley que modernizara todo el espectro energ茅tico nacional, modificando la Ley 17.319 de 1967, al amparo de la cual se encuentran reguladas todas las relaciones del sector, ni tampoco se constituy贸 ese organismo de coordinaci贸n, aspecto esencial del Acuerdo Federal de Hidrocarburos que entend铆a la necesidad de llevar adelante pol铆ticas de consenso entre todos los interesados: Naci贸n y provincias.

La Ley Corta, que hoy tanto incomoda al centralismo porte帽o, permiti贸 que las provincias asumieran en forma plena el ejercicio del dominio originario y la administraci贸n sobre los yacimientos de hidrocarburos que se encontraren en sus respectivos territorios, constituy茅ndoles en contraparte de los permisos de exploraci贸n y concesiones de explotaci贸n. No obstante esto, se proclam贸 expl铆citamente la potestad del Poder Ejecutivo nacional en el dise帽o de las pol铆ticas energ茅ticas. Ese era claramente el esp铆ritu del Acuerdo Federal de Hidrocarburos.

Sin embargo, el correr de los a帽os ha demostrado que ambas partes no siempre han honrado lo pactado. Mientras que el Gobierno nacional ha incursionado en el sistema energ茅tico con normas inconsultas que han alterado el equilibrio del sector, como es el caso, por dar un ejemplo, del r茅gimen de derechos de exportaci贸n que afect贸 severamente los precios internos del crudo, base fundamental a la hora de liquidar las regal铆as, las provincias, salvo el caso espec铆fico de Neuqu茅n, en alguna medida Chubut y Mendoza, dedicaron poco tiempo y esfuerzo en aprovechar las nuevas herramientas, focaliz谩ndose en la oportunidad que significaba la posibilidad de negociar las pr贸rrogas de las concesiones vigentes.

M谩s tarde se sanciona la Ley 26.741, que entre sus preceptos declara la expropiaci贸n de las acciones de YPF. Esta norma pr谩cticamente torna inocua la Ley Corta pues al declarar de inter茅s p煤blico nacional, y como objetivo prioritario, el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, ha habilitado al Gobierno nacional a dictar disposiciones en las que las provincias son meras espectadoras, como es el caso del dictado del Decreto 1.277/12 el que, en el marco del denominado Plan Nacional de Inversiones Hidrocarbur铆feras, crea la Comisi贸n de Planificaci贸n y Coordinaci贸n Estrat茅gica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarbur铆feras, en la que las provincias vuelven a estar ausentes, siendo que la norma expropiatoria proclama que el Poder Ejecutivo nacional, en su calidad de autoridad a cargo de la fijaci贸n de la pol铆tica en la materia, arbitrar谩 las medidas conducentes al cumplimiento de los fines propuestos con el concurso de los Estados Provinciales.

Lo mismo con el dictado del decreto 929/13, denominado R茅gimen de Promoci贸n de Inversiones Hidrocarbur铆feras. Adem谩s, la ley ordena la conformaci贸n del Consejo Federal de Hidrocarburos, en paralelo con la Ofephi. Nada m谩s incongruente. Sin embargo, se sancion贸 con el acompa帽amiento de los legisladores oficialistas y de la oposici贸n de las provincias productoras, los que con el objetivo de apoyar la expropiaci贸n de YPF, y no quedar fuera de la ola estatizadora, no midieron los efectos sobre las propias provincias.

A pesar de las desmentidas a nivel nacional, y con relaci贸n a la situaci贸n descripta, YPF habr铆a solicitado la suspensi贸n del proceso licitatorio encarado por la empresa de energ铆a provincial de Mendoza, lo que culmin贸 con su llamativa deserci贸n a la hora de presentar ofertas, siendo que la Provincia no s贸lo es accionista de la petrolera sino que tambi茅n integra su Directorio.

No se trata, en esta oportunidad, de ponerse de un lado o del otro. El lugar debe ser el inter茅s general, y en materia energ茅tica, la relaci贸n Naci贸n-Provincias debe resultar fortalecida con el trabajo de los propios dirigentes: gobernadores, empresarios, trabajadores y, en particular, de todos los legisladores, que son los responsables de dar las herramientas legales que permitan alcanzar los fines propuestos. Tambi茅n los responsables de velar cuando son utilizadas en forma distinta al esp铆ritu que las gui贸 en su sanci贸n.

* Por Alejandro Rodr铆guez - Ex subsecretario de Energ铆a de Mendoza.

Fuente: Diario Los Andes

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