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Petroleras se niegan a pagar servidumbre en las tierras fiscales de Neuquén

09/08/2023 | PETROLERAS | Noticias Destacadas | 1505 lecturas | 264 Votos



Total Austral aceptó por segunda vez un pago de regalías reclamadas y de servidumbre mientras se sustancia un reclamo ante la Corte Suprema de Justicia para evitar el gravamen cuando se trata de tierras fiscales.




Pan American obtuvo un reconocimiento de que el máximo tribunal nacional es competente en la cuestión para negarse a pagar.

La disputa sobre el pago de servidumbre, el gravamen que afecta un predio rural o urbano que obliga a su dueño a permitir el uso y goce de dicho bien a un tercero, sobre tierras fiscales, se remonta al año 1996, 27 años atrás, cuando se sancionó la ley provincial que lo establece. 

De todas formas, como en la transición del dominio de los recursos naturales quedó un gris sobre si en el caso de Neuquén, las petroleras deben abonar ese gravamen cuando se trata de terrenos que no tienen dueño privado, el tema quedó enredado en la trama jurídica federal. La francesa Total Austral fue intimada por la provincia, se negó a pagar, le iniciaron una demanda y contraofertó con una acción judicial ante la Corte Suprema de Justicia que repitió hace tres años, en 2020.

La argentina Pan American Energy también hizo un recorrido similar ante la Justicia para no pagar el gravamen al estado neuquino. Las acciones legales emprendidas por Provincia y las petroleras quedaron bajo una campana y ambas partes alcanzaron un acuerdo transaccional con el propósito de resolver la controversia. 

El fiscal de Estado de Neuquén, Raúl Gaitán, llegó a un acuerdo con Total el 23 de junio de este año mediante al el cual la petrolera francesa reconoce que le debe a la provincia $75 millones como «única y total compensación» por los períodos reclamados. El gobernador Omar Gutiérrez y el ministro de Energía, Alejandro Monteiro, ratificó el acuerdo mediante el decreto 1433. En los fundamentos del documento se recordó que la ley provincial 2183, de 1996, regula las servidumbres hidrocarburíferas y establece que los permisionarios y concesionarios deberán indemnizar a los propietarios superficiarios «sean personas del derecho público o privado, o de propiedad privada o fiscal del Estado provincial o municipal». 

Fuente: Diario Río Negro

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