
Hasta 1989 la explotaci贸n de hidrocarburos en la Argentina estuvo caracterizada por la presencia estatal a trav茅s de YPF y Gas del Estado, empresas encargadas de materializar las pol铆ticas gubernamentales dise帽adas para el sector. Al asumir Carlos Menem la presidencia del pa铆s, se instrument贸 el marco normativo que configur贸 una profunda transformaci贸n. En particular, los decretos 1055/89, 1212/89 y 1589/89 expl铆citamente reflejaban la decisi贸n de alejar al Estado de las decisiones inherentes a la actividad, a la vez que se concedi贸 la libre disponibilidad de los vol煤menes extra铆dos a las empresas concesionarias, admitiendo su comercializaci贸n tanto en el mercado interno como en el externo sin restricciones, con la posibilidad de disponer hasta el 70% de las divisas obtenidas en el comercio internacional.
Paralelamente, se desregul贸 la instalaci贸n de refiner铆as y bocas de expendio, se liberaron los precios de todos los productos y se redujo el rol del Estado a tareas de fiscalizaci贸n y control. La privatizaci贸n de YPF fue acompa帽ada por la celebraci贸n de contratos de concesi贸n de los yacimientos por 25 a帽os en el caso de las 谩reas centrales y por 20 a帽os para las marginales, con la opci贸n a prorrogar por 10 a帽os.
El resultado fue sobreexplotaci贸n y aumento de las ventas de hidrocarburos al exterior, as铆 como la merma de las inversiones en exploraci贸n y la consecuente p茅rdida de reservas, todo complementado por r茅cord de utilidades de las concesionarias. En 1998, la actividad comenz贸 a experimentar una tendencia negativa, que a煤n se mantiene.
A partir del 2003 se pusieron en pr谩ctica disposiciones que incidieron en el funcionamiento del sector, aunque no produjeron modificaciones de fondo. Entre ellas se destacan las retenciones a las exportaciones, cuyo actual sistema de c谩lculo fue establecido por la resoluci贸n 394 del 2007. M谩s all谩 del fin recaudatorio, el esp铆ritu del gravamen es la separaci贸n del precio interno del internacional y la posibilidad de captaci贸n de una mayor porci贸n de la renta por parte del Estado.
La denominada "Ley Corta", que reform贸 el art铆culo 1潞 de la ley 17319/67 a fin de reglamentar la provincializaci贸n de los recursos del subsuelo dispuesta por la reforma constitucional de 1994, otorg贸 a las provincias la potestad para actuar independientemente del poder central y de otros estados provinciales, circunstancia que fue determinante en la negociaci贸n de las pr贸rrogas anticipadas de los contratos de concesiones.
La creaci贸n de Enarsa en el 2004 no logr贸 la mayor incidencia del Estado que se anunci贸 inicialmente y tampoco los organismos provinciales significaron un mejor posicionamiento estatal. Por otra parte, el ingreso a la compa帽铆a del Grupo Petersen a partir del 2007 no cumpli贸 con las expectativas del Poder Ejecutivo Nacional, que propici贸 las negociaciones apostando al accionar de un exponente de la "burgues铆a nacional".
Este abanico de instrumentos no gener贸 un verdadero cambio de rumbo en la modalidad de explotaci贸n de hidrocarburos: la persistente ca铆da de la oferta y la demanda de una econom铆a en crecimiento desembocaron en la necesidad de importaci贸n de combustibles, que en el 2011 alcanz贸 un valor superior a los 9.300 millones de d贸lares, circunstancia que deriv贸 en la decisi贸n de expropiar el 51% de las acciones de YPF a partir de la sanci贸n de la ley 26741/12. Hoy, el d茅ficit energ茅tico persiste a pesar del mejor desempe帽o reciente de nuestra compa帽铆a de bandera; se requerir谩 tiempo y esfuerzo del conjunto de las operadoras para revertir un panorama tan delicado.
*Adriana Giuliani, Economista de la UNC
Fuente: Diario R铆o Negro
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