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En los días pasados ha adquirido centralidad el debate acerca de los denominados “fideicomisos públicos”, con motivo de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos (la “Ley Bases”) y el Decreto N° 215/2024 (el “Decreto 215”), cuyos aspectos destacados -en lo que a este punto refiere- son abordados debajo.
En tal marco, el Gobierno Nacional ha manifestado de manera pública su intención de llevar a cabo una revisión integral de estos instrumentos, incluyendo la posibilidad de extinguirlos o liquidarlos. En el gran abanico de tales fideicomisos se ubica el Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables (FODER).
Aquí no nos explayaremos sobre la conveniencia o no de la política pública del Gobierno Nacional en relación al gran universo de fideicomisos o fondos fiduciarios; sólo nos centraremos en el FODER, y por las consideraciones que pasamos a desarrollar, argumentamos que, en caso de modificarse, liquidarse o extinguirse, ello no sólo importaría un grave retroceso en el desarrollo de la matriz energética argentina, sino severas consecuencias de tipo contractuales, soberanas y macroeconómico financieras.
Por lo tanto, concluimos que, en base a nuestro criterio y analizadas las aristas del tema, el Gobierno Nacional optará por preservar el FODER, y no desandar una política pública exitosa e ininterrumpida desde hace más de tres administraciones de distinto signo político.
Fuente: Econojournal
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